Oposiciones Administrativos SERIS, promoción interna.

Comunidad Autónoma de La Rioja

Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Dirección de Recursos Humanos de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría del Grupo Administrativo de la Función Administrativa en el Servicio Riojano de Salud, por el turno de promoción interna, correspondientes a las ofertas de empleo público de los años 2019 y 2022. 202212160095918 II. B. 874

BOLETÍN OFICIAL DE LA RIOJA Núm. 244

Miércoles, 21 de diciembre de 2022 Página 22884

II. Autoridades y Personal

B. Oposiciones y Concursos

SERVICIO RIOJANO DE SALUD

Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Dirección de Recursos Humanos de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría del Grupo Administrativo de la Función Administrativa en el Servicio Riojano de Salud, por el turno de promoción interna, correspondientes a las ofertas de empleo público de los años 2019 y 2022.

202212160095918 II. B. 874

Vistos:

El Decreto 134/2019, de 27 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público del personal estatutario del Servicio Riojano de Salud para el año 2019, prevé la convocatoria de seis (6) plazas del Grupo Administrativo de la Función Administrativa, por el sistema de promoción interna.

El Decreto 44/2022, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público del personal estatutario del Servicio Riojano de Salud para el año 2022, prevé la convocatoria de setenta y cinco (75) plazas del Grupo Administrativo de la Función Administrativa, por el sistema de promoción interna.

El Decreto 2/2011, de 14 de enero, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y puestos de trabajo del Servicio Riojano de Salud.

El Acuerdo de Mesa Sectorial de 2 de diciembre de 2022.

Las disposiciones adicionales de los citados Decretos por los que se aprueban las referidas Ofertas de Empleo Público, que establecen que podrán acumularse plazas autorizadas en distintas normas para su tramitación conjunta en una única convocatoria.

El artículo 5.4 del Decreto 32/2021, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica y funciones de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud,

RESUELVE

Convocar este procedimiento selectivo para ingreso y acceso a la condición de personal estatutario fijo en el Servicio Riojano de Salud en la categoría del Grupo Administrativo de la Función Administrativa, por el turno de promoción interna, con sujeción a las siguientes:

Bases de la convocatoria

Base primera. Régimen jurídico.

El proceso selectivo se rige por lo establecido en el Decreto 2/2011, de 14 de enero, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y puestos de trabajo del Servicio Riojano de Salud (en adelante Decreto 2/2011), por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y por lo establecido en esta convocatoria.

Base segunda. Plazas convocadas.

De acuerdo con los artículos 34 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud y 36 del Decreto 2/2011, de 14 de enero, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y puestos de trabajo del Servicio Riojano de Salud, se convoca proceso selectivo para cubrir plazas vacantes correspondientes a la oferta de empleo público de los años 2019 y 2022, por el turno de promoción interna, de la categoría del Grupo Administrativo de la Función Administrativa, pertenecientes al Grupo C, Subgrupo C1, de personal estatutario fijo del Servicio Riojano de Salud (categoría de referencia del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización): Titulado/a Administrativo de Administración Sanitaria, con la siguiente distribución:

OEP año 2019Concurso-Oposición
OEP año 2022Concurso-Oposición
Plazas totales81
CategoríaTurno de Promoción InternaTurno de Promoción Interna
Grupo Administrativo de la Función Administrativa675

Base tercera. Requisitos de participación y de nombramiento.

3.1. Requisitos generales para poder participar en el proceso selectivo:

Para poder participar en este proceso selectivo, las personas interesadas deberán reunir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos establecidos en la sección quinta del Capítulo I del Título II del Decreto 2/2011. En concreto, deberán reunir los requisitos de participación siguientes, que deberán mantener durante todo el proceso hasta el momento de la toma de posesión:

a) No exceder de la edad máxima de jubilación forzosa el último día del plazo de presentación de solicitudes.

b) Encontrarse en servicio activo en el Servicio Riojano de Salud como personal estatutario fijo.

c) Ostentar la condición de personal estatutario fijo del Servicio Riojano de Salud y haber prestado servicios como personal estatutario fijo al menos dos (2) años en la categoría de procedencia. En los supuestos de estatutarización del personal funcionario de carrera o laboral fijo, el cómputo del plazo de dos (2) años comprenderá los periodos correspondientes al cuerpo de funcionario o categoría laboral de procedencia.

d) Estar en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones o haber acabado los estudios para su obtención y abonado los derechos para su expedición, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: título de Bachiller o título de Técnico, o titulaciones equivalentes.

De acuerdo con el artículo 37.3 del Decreto 2/2011, precitado, no se exigirá el requisito de titulación para el acceso a esta categoría, por promoción interna, siempre que la persona interesada haya prestado servicios durante cinco (5) años en la categoría de origen y ostente la titulación exigida en el grupo inmediatamente inferior al de la categoría a la que aspira ingresar (Grupo C, Subgrupo C2). A tal efecto, en los casos de estatutarización se entenderá que la misma no rompe el plazo temporal respectivo, bien se trate de personal funcionario o laboral.